Cómo se calcula la liquidación por renuncia voluntaria

¿Cómo se calcula la liquidación por renuncia voluntaria?

Decidir renunciar a un trabajo es como cerrar un capítulo importante de tu vida: implica reflexión, planificación y, sobre todo, claridad sobre lo que te corresponde al finalizar la relación laboral. En Perú, la liquidación por renuncia voluntaria es un derecho que asegura que recibas los beneficios sociales acumulados durante tu tiempo de servicio.

¿Qué es la liquidación por renuncia voluntaria?

La liquidación es como un balance final: un pago que el empleador debe realizar para saldar los beneficios sociales pendientes al momento de terminar la relación laboral. Según el MTPE, estos beneficios incluyen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) trunca, las vacaciones no gozadas, las gratificaciones truncas y cualquier otro pago pendiente, como sueldos o bonificaciones. En el caso de una renuncia voluntaria, el trabajador no recibe indemnización por despido, ya que la decisión de finalizar el contrato es propia. Sin embargo, tienes derecho a todos los beneficios generados hasta la fecha de tu cese.

El empleador debe entregar la liquidación dentro de las 48 horas posteriores al cese, según el Decreto Supremo N° 001-97-TR. Si no cumple, se generan intereses legales fijados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). “La liquidación es un derecho irrenunciable. Conocer cómo se calcula te da poder para exigir lo justo,” afirma César Puntriano, laboralista y docente de ESAN Business Law.

Componentes de la liquidación

La liquidación por renuncia voluntaria se compone de tres conceptos principales:

  • CTS trunca: Compensación por el tiempo trabajado desde el último depósito de CTS.
  • Vacaciones truncas: Pago por los días de vacaciones no tomados en el año en curso.
  • Gratificaciones truncas: Proporción de la gratificación correspondiente al semestre en curso.

Otros conceptos, como sueldos pendientes, asignación familiar o bonificaciones contractuales, pueden incluirse si aplican. La composición exacta depende del régimen laboral (general, MYPE, agrario, etc.) y del contrato. A continuación, explicamos cada componente con ejemplos prácticos.

Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) trunca

La CTS es como un ahorro forzado que te protege al dejar un empleo. Se deposita dos veces al año (mayo y noviembre), pero si renuncias antes del próximo depósito, te corresponde la parte proporcional del semestre en curso. Según el Decreto Legislativo N° 650, el cálculo se basa en la remuneración computable, que incluye el sueldo mensual más un sexto de la gratificación recibida en el semestre anterior.

Cómo se calcula: Se toma el sueldo mensual, se suma una sexta parte de la gratificación del semestre anterior, y se calcula la proporción por los meses y días trabajados desde el último depósito de CTS. Los meses completos se dividen entre 12, y los días adicionales se convierten en sueldo diario.

Ejemplo práctico: Imagina que ganas S/1,800 al mes y renuncias el 15 de agosto de 2025. Tu última CTS se depositó en mayo, por lo que calculamos la CTS trunca de mayo a agosto (3 meses y 15 días). Supongamos que recibiste una gratificación de S/1,800 en julio.

  • La remuneración computable es S/1,800 (sueldo) más S/300 (un sexto de la gratificación), es decir, S/2,100.
  • Por 3 meses completos, te corresponde una proporción de S/525.
  • Por 15 días adicionales, calculas el sueldo diario (S/2,100 ÷ 30 = S/70), y multiplicas por 15 días, dando S/1,050.
  • Total CTS trunca: S/525 + S/1,050 = S/1,575.

Vacaciones no tomadas

Las vacaciones son un derecho anual de 30 días calendario tras cumplir un año de servicio, según la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Si renuncias antes de tomarlas, te pagan los días proporcionales no gozados.

Cómo se calcula: Se toma el sueldo mensual y se calcula la proporción por los meses y días trabajados desde el último período vacacional. Los meses completos se dividen entre 12, y los días adicionales se convierten en sueldo diario.

Ejemplo práctico: Siguiendo el caso anterior, renuncias el 15 de agosto, con 3 meses y 15 días trabajados desde tu último período vacacional.

  • Por 3 meses completos, divides S/1,800 entre 12, dando S/450.
  • Por 15 días adicionales, calculas el sueldo diario (S/1,800 ÷ 30 = S/60), y multiplicas por 15 días, dando S/900.
  • Total vacaciones truncas: S/450 + S/900 = S/1,350.

Gratificaciones truncas

Las gratificaciones se pagan en julio y diciembre, equivaliendo a un sueldo mensual. Si renuncias antes de la próxima gratificación, te corresponde una parte proporcional por los meses trabajados en el semestre.

Cómo se calcula: Se toma el sueldo mensual y se calcula la proporción por los meses completos trabajados en el semestre (julio-diciembre o enero-junio), dividiendo entre 6.

Ejemplo práctico: Con el mismo caso, renuncias en agosto, habiendo trabajado 2 meses completos del semestre julio-diciembre.

  • Gratificación trunca: divides S/1,800 entre 6 y multiplicas por 2 meses, dando S/600.

Otros conceptos

  • Sueldos pendientes: Si no te pagaron los días trabajados del último mes, se incluyen.
  • Asignación familiar: Si tienes hijos menores o estudiantes, recibes S/102.5 mensuales (10% del salario mínimo, según el Decreto Supremo N° 003-2022-TR).
  • Bonificaciones: Si tu contrato incluye bonos, se liquidan proporcionalmente.

Tabla resumen de cálculos

ConceptoDescripciónEjemplo (S/)
CTS truncaProporción desde el último depósito, basada en sueldo y gratificación1,575
Vacaciones truncasPago por días de vacaciones no gozados, según meses y días trabajados1,350
Gratificación truncaProporción de la gratificación del semestre, según meses trabajados600
Total liquidaciónSuma de todos los conceptos3,525

Pasos para calcular tu liquidación

Calcular tu liquidación es como armar un rompecabezas: cada pieza debe encajar. Sigue estos pasos:

  • Revisa tu contrato: Confirma tu sueldo, bonificaciones y régimen laboral.
  • Identifica las fechas: Anota tu fecha de ingreso, cese y últimos depósitos de CTS y gratificaciones.
  • Calcula cada concepto: Determina la CTS, vacaciones y gratificaciones truncas con base en los meses y días trabajados.
  • Suma otros pagos: Incluye sueldos pendientes o asignación familiar.
  • Verifica con una calculadora laboral: Plataformas como SUNAFIL o Perucontable ofrecen herramientas gratuitas.
  • Consulta con un experto: Si tienes dudas, un abogado laboral o contador puede ayudarte.

¿Qué hacer si no te pagan a tiempo?

El empleador debe pagar la liquidación en 48 horas. Si no lo hace, puedes:

  • Contactar directamente al empleador, como recomienda César Puntriano, para resolver el problema amistosamente.
  • Presentar una denuncia ante la SUNAFIL de forma presencial o virtual. La multa por no pagar puede ir de S/506 a S/20,700, según el tipo de empresa.
  • Acudir al MTPE o al Poder Judicial para un proceso conciliatorio.

María, exempleada de una tienda en Lima, comparte: “Renuncié y no me pagaron mi liquidación en una semana. Contacté a SUNAFIL, y en 10 días recibí mi dinero con intereses. Saber mis derechos me dio confianza para reclamar.”

Consideraciones especiales

  • Preaviso de 30 días: La normativa exige notificar tu renuncia con 30 días de anticipo, salvo acuerdo con el empleador. No cumplirlo no afecta tu liquidación, pero puede generar descuentos si el contrato lo estipula.
  • Régimen MYPE: En microempresas, las vacaciones son de 15 días y no hay gratificaciones, lo que reduce la liquidación.
  • Licencias por COVID-19: Las licencias con goce de haber no compensadas pueden afectar el cálculo, según la Resolución N° 052-2021-SUNAFIL/TFL.

Herramientas y recursos

Para facilitar el cálculo, usa calculadoras laborales en línea:

  • SUNAFIL: Ofrece herramientas oficiales para estimar beneficios.
  • MTPE: Proporciona guías y simuladores en su portal.
  • Perucontable: Ideal para cálculos detallados, especialmente para contadores.

Un cierre justo para tu etapa laboral

Calcular tu liquidación por renuncia voluntaria es un proceso claro si conoces tus derechos y los pasos adecuados. Con la CTS trunca, vacaciones no gozadas y gratificaciones proporcionales, puedes asegurarte de recibir cada sol que te corresponde. Revisa tu contrato, usa herramientas confiables y, si es necesario, busca asesoría legal. Renunciar es un paso hacia nuevos horizontes, y hacerlo con la certeza de una liquidación justa te da la tranquilidad para enfocarte en lo que viene.

Publicaciones Similares